SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0562/2010-R
Fecha: 12-Jul-2010
Fragmento 6
Por Resolución 040/2007 de 25 de enero, cursante de fs. 41 a 42, el Tribunal de garantías denegó el amparo solicitado, con los siguientes fundamentos: 1) Que de los antecedentes del proceso, se establece que al constituirse la Constitución Política del Estado en un instrumento de aplicación preferente respecto a las leyes, a lo que se suma la disposición imperativa de las declaraciones y pactos internacionales citados en el recurso, que también tienen aplicación preferente; y que reconocen que el derecho de recurrir de un fallo representa la base fundamental de la garantía del debido proceso y de la seguridad jurídica, resulta evidente que es contrario a los principios universales del derecho y a las garantías constitucionales el que se estatuya dentro de un procedimiento la prohibición de presentar recurso de apelación, aún tratándose de procesos sumarísimos; sin embargo, tal recurso debe estar sujeto necesariamente al cumplimiento de condiciones específicas, como la del plazo máximo de presentación, la cual se constituye en norma universal; 2) Que de las explicaciones y documentación presentada se deduce que la recurrente interpuso el recurso de apelación de la Sentencia fuera del término fijado para la presentación de excepciones con el razonamiento de que los días feriados y domingos no son días hábiles para cómputos por efecto del art. 143.II del CPC, lo que resulta errado, puesto que el mencionado precepto se refiere a los casos de realización de diligencias judiciales únicamente, ya que los términos procesales se computan de modo inmediato y en forma corrida. De lo expuesto la recurrente carece de razón por lo que es improcedente conceder la tutela solicitada.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- Fragmento 6
- II.1.
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “accionante”
- acción de amparo constitucional
- III.3. El amparo constitucional y su naturaleza subsidiaria
- Fragmento 12
- III.4. El caso de autos
- APROBAR