SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0578/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0578/2010-R

Fecha: 10-Jul-2010

3)

3)  En el caso concreto la recurrente denuncia que dentro del proceso penal que le siguen por la presunta comisión de delitos de narcotráfico, luego de concedida la cesación de la detención preventiva, le impusieron medidas sustitutivas para posteriormente, ser declarada rebelde y conducida al Tribunal a cargo de los recurridos, quienes en presencia del Ministerio Público y de las partes dispusieron la revocatoria y su consiguiente detención preventiva; sin embargo, el art. 251 del CPP dispone que se puede presentar recurso de apelación contra cualquier resolución que disponga, modifique o rechace medidas cautelares, siendo ese el medio idóneo e inmediato de defensa contra supuestas lesiones y restricciones al derecho a la libertad antes de acudir al hábeas corpus, cuya subsidiariedad determina en el caso concreto la improcedencia sin ingresar a aspectos de fondo.