SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0578/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0578/2010-R

Fecha: 10-Jul-2010

Ignacio La fuente

Ignacio La fuente, Juez Técnico del Tribunal Tercero de Sentencia, informó que al haber sido declarada rebelde, conforme al art. 89 del CPP, correspondía emitir el mandamiento de aprehensión, una vez que fue ejecutado la imputada no podía permanecer en arresto más de veinticuatro horas, por lo que se señaló audiencia de aplicación de medidas cautelares; en esa audiencia con la presencia de los abogados de la imputada se analizó ese aspecto y se determinó la detención preventiva de la misma, por lo que no se vulneró ningún derecho.