SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0588/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0588/2010-R

Fecha: 12-Jul-2010

III.3.  Sobre la fundamentación de toda resolución

           El debido proceso ha sido entendido por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional como:"…el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar (..) comprende el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos”.