SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0588/2010-R
Fecha: 12-Jul-2010
III.4. El caso en examen
En el caso analizado, por Resolución 03/2006 de 24 de abril, la Directora Departamental del Registro Civil sancionó a Roxana Ugarte Herbas de Callahuara, Oficial de Registro Civil de Huanuni, con la destitución de sus funciones, “en aplicación del inciso c) del Artículo 26, numeral V del Artículo 30 e inciso b) del Artículo 36 del Reglamento para Oficiales de Registro Civil” (sic), con el argumento que se ha demostrado que “en el ejercicio de sus funciones han contravenido las normas vigentes como establece el Art. 25 del Reglamento para Oficiales de Registro Civil, al haber extraviado libros confiados a su cuidado, en su condición reencargada de Archivos y Oficial de Registro Civil de la localidad de Huanuni…” (sic).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- 2)
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre la fundamentación de toda resolución
- fundamentación o motivación de las resoluciones judiciales…”
- las resoluciones que emiten las autoridades judiciales y administrativas
- III.4. El caso en examen
- confirmando
- APROBAR