Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0642/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
La Jueza Octava de Partido en lo Civil y Comercial, presentó informe escrito a fs. 238 y vta., señalando que, conoció del proceso ejecutivo que motiva el recurso, el 22 de junio de 2006, con el decreto de cúmplase, una vez dictado el Auto de Vista de 25 de mayo del mismo año, que confirmaba la Sentencia dictada por su antecesor, por lo que no intervino ni participó en los actuados denunciados como irregulares.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- i)
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- concede
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.1. Del carácter subsidiario
- III.3.2. Sobre los medios ordinarios de defensa
- III.4. Análisis del caso
- REVOCAR