SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0649/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
2)
2) Sofía Chavarría Paucara solicitó liquidaciones por concepto de asistencia familiar impagas; la primera se realizó el 5 de agosto de 2003, que comprende el periodo del 11 de marzo de 2002 al 11 de julio de 2003, que importó la suma de Bs4 800.- (cuatro mil ochocientos); la segunda liquidación que se realizó el 12 de mayo de 2005, que comprende el periodo de 12 de julio de 2003 hasta el 12 de enero de 2005, que dio un resultado de Bs. 5.400.- (cinco mil cuatrocientos), aclarando que desde el 14 de enero de 2005 se determinó el incremento de la asistencia familiar de Bs300.- (trescientos bolivianos) a Bs500.- (quinientos bolivianos) mensual, por lo que desde el 14 de enero al 14 de abril de 2005 arrojó la suma de Bs1500.- (mil quinientos bolivianos), que mas los Bs5400.- (cinco mil cuatrocientos bolivianos) suman de Bs6900.- (seis mil novecientos bolivianos). Ambas liquidaciones se acumularon en una sola el 10 de febrero de 2006, dando un total de Bs8700.- (ocho mil setecientos); la tercera liquidación se realizó el 16 de agosto de 2006, que comprende el periodo de 15 de abril de 2005 al 15 de agosto de 2006, a Bs. 500 por mes, totalizando el adeudo total de Bs16 700.- (dieciséis mil setecientos bolivianos), sin que ninguno haya sido observado por el recurrente.
- recurso de hábeas corpus,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 2)
- 3)
- 4)
- a)
- b)
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de libertad
- acciones de defensa,
- ordenar la tutela
- III.3. Sobre los presupuestos de validez para las notificaciones
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR