SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0649/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0649/2010-R

Fecha: 19-Jul-2010

II.2.

II.2.           El 5 de agosto de 2003, se practicó la primera liquidación por concepto de asistencia familiar impaga, que comprende el periodo del 11 de marzo de 2002 al 11 de julio de 2003, que importó la suma de Bs4800.-(fs. 21); la segunda liquidación que se realizó el 12 de mayo de 2005, que comprende el periodo de 12 de julio de 2003 hasta el 12 de enero de 2005, que dio un resultado de Bs5400.-, aclarando que desde 14 de enero de 2005 se determinó el incremento de la asistencia familiar de Bs300.- a Bs500.- mensual, por lo que desde el 14 de enero al 14 de abril de 2005 arrojó la suma de Bs. 1500.-, que sumados a los Bs5400.- ascendió a Bs6900.-(fs. 28); el 10 de febrero de 2006, se determina que debe expedirse mandamiento de apremio en contra del recurrente por la suma de Bs8700.-(fs. 45 vta.); la tercera liquidación se realizó el 16 de agosto de 2006, que comprende el periodo de 15 de abril de 2005 al 15 de agosto de 2006, a Bs500.- por mes, ascendiendo la cantidad a Bs8 000.-(fs. 47), sin que ninguna de las liquidaciones haya sido observada por el recurrente.