SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0670/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
el mismo día de notificada con el memorando de suspensión definitiva, interpuso el recurso - hoy acción- de amparo constitucional, es decir el 1 de febrero de 2007
La accionante, no tomo en cuenta que “los derechos y garantías supuestamente lesionados deben ser reparados en el mismo proceso, o en la instancia donde fueron vulnerados, lo cual implica que en principio debe acudir ante la misma autoridad que incurrió en la presunta lesión y luego a la autoridad o instancia superior, y si a pesar de ello persiste la lesión porque los medios o recursos utilizados resultaron ineficaces, recién se abre la posibilidad de acudir al amparo constitucional”; y en lugar de ello, resulta que el mismo día de notificada con el memorando de suspensión definitiva, interpuso el recurso - hoy acción- de amparo constitucional, es decir el 1 de febrero de 2007, al señalar: “he sido notificada el día de hoy con un Memorando N.- 010/07 de fecha 31 de enero de 2007” (sic) (fs. 3), y la fecha de la demanda es 1 de febrero de 2007. Lo cual significa que de manera precipitada acudió a la jurisdicción constitucional, olvidando que el amparo constitucional no es un medio sustitutivo de los recursos administrativos o judiciales, mucho menos una instancia de apelación o casacional.
En consecuencia, no es posible ingresar al análisis de la problemática planteada, dado que no se ha cumplido con la naturaleza subsidiaria, no siendo aplicable la excepcionalidad a esta regla, que está sujeta a condiciones que no se dan en el caso de autos; por ende corresponde denegar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- Fragmento 4
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- Fragmento 12
- SC 0150/2010-R
- III.3
- el mismo día de notificada con el memorando de suspensión definitiva, interpuso el recurso - hoy acción- de amparo constitucional, es decir el 1 de febrero de 2007
- POR TANTO
- 2º