Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0729/2010-R
Fecha: 26-Jul-2010
ii)
ii) El recurrido, Presidente del Comité Electoral señaló que el Comité se encontraba conformado por cinco miembros; en consecuencia, las decisiones no las podía tomar a título personal ni individualmente, por lo que la legitimación pasiva estaba incompleta, ya que el recurso debió dirigirse contra todos los miembros del Comité, si es que se hubiere vulnerado algún derecho constitucional de la recurrente.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- 1)
- 3)
- a)
- i)
- ii)
- 5)
- 6)
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. Sobre el derecho de petición y respuesta oportuna
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.5. En el caso en examen
- fue realizada el 25 de agosto en la mañana,
- improcedente
- APROBAR