AUTO CONSTITUCIONAL 0150/2010-RCA
Fecha: 03-Ago-2010
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
La recurrente, hoy accionante, refiere que trabajando en el Hospital de la Mujer, fue notificada con Auto Inicial del proceso administrativo 028/07, dictando la Autoridad Sumariante de forma extemporánea, la Resolución Final Administrativa 066/2007, evidenciando responsabilidad administrativa en su contra y llamándole severamente la atención, por haber transgredido los arts. 8, 39 incs. a), b), c) y g) y 40 incs. e), i) y s) del Reglamento Interno de Personal del SEDES La Paz, al margen de ratificar su cambio de funciones, por lo que interpuso los recursos de revocatoria y jerárquico, respectivamente, los cuales fueron resueltos por los demandados fuera del plazo establecido, en el mencionado Reglamento. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si en el presente caso concurre o no el supuesto de rechazo de la acción de amparo constitucional.
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- a)
- rechazó
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1.
- II.2. Atribución de los jueces y tribunales de amparo en la etapa de admisión de la acción de amparo constitucional
- deberá directamente rechazar in límine la acción
- I.
- Fragmento 11
- II.4. Análisis del cumplimiento de los requisitos de admisibilidad
- APROBAR,