AUTO CONSTITUCIONAL 0153/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0153/2010-RCA

Fecha: 03-Ago-2010

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

La recurrente -ahora accionante-, señala que fue notificada con el memorándum de destitución de su cargo de médico especialista en terapia intensiva y medicina crítica del Instituto Nacional del Tórax, por supuestas faltas injustificadas a su fuente de trabajo y a sus turnos de veinticuatro horas por dos semanas, en forma simultanea también se le inicio proceso administrativo ilegal, toda vez que por el art. 32 inc. c) del Reglamento Interno de Personal del SEDES, que indica: “Las faltas durante  tres o cuatro días continuos en el transcurso de un mes, constituye causal de destitución sin proceso previo, sin perjuicio de determinar responsabilidades” (sic), siendo este proceso administrativo nulo de pleno derecho, por cuanto ya no era necesario acudir al mismo. De la misma forma indica que no se tomó en cuenta su estado de embarazo, conocido por las autoridades para destituirla de su fuente laboral, sin considerar que la protección legal de la maternidad, se extiende a toda mujer  empleada  que trabaje en entidades públicas o privadas  del país.