AUTO CONSTITUCIONAL 0159/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0159/2010-RCA

Fecha: 11-Ago-2010

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

La recurrente -hoy accionante-, manifiesta que Franklin Portugal Camacho, demandó la ejecución coactiva civil ante el Juzgado Décimo de Partido en lo Civil, contra María Elba Ortíz de Morales y Jaime Morales, habiendo otorgado éstos en calidad de garantía hipotecaria un bien inmueble ubicado en la calle Sagárnaga 497, posteriormente, en el desarrollo del proceso, el Juez por Auto de 11 de abril de 2006, dispone la entrega del bien adjudicado a favor del demandante y es en ese momento que su persona es notificada en calidad de poseedora del bien inmueble, ante esta situación, interpuso oposición denunciando las irregularidades cometidas, al pretender desapoderarla de un bien que jamás formó parte del litigio, siendo que su inmueble corresponde a la calle Sagárnaga 489; sin embargo, su oposición fue rechazada por Resolución 534/2006, que en apelación fue confirmada por Auto de Vista 307/2007, sin considerar la documentación presentada y atentando contra su derecho a la propiedad privada, dispuesto en el art. 7 inc. i) de la CPEabrg.