Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0171/2010-RCA
Fecha: 18-Ago-2010
revisión
En revisión la Resolución 037/2008 de 30 de mayo, cursante de fs. 65 a 66 vta., pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Rodrigo Villanueva Cabrera y Leonardo Villafuerte Philippsborn en representación de la empresa EAGLECREST EXPLORATION BOLIVIA S.A. contra Walter Juvenal Delgadillo Terceros, Ministro de Trabajo, alegando la supuesta vulneración del derecho de su mandante a la seguridad jurídica y al principio de reserva legal, citando al efecto el art. 7 inc. a) de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- rechazo in límine
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1.
- II.2. Atribución de los jueces y tribunales de amparo en la etapa de admisión de la acción de amparo constitucional
- deberá directamente rechazar in límine el recurso
- I.-
- Fragmento 10
- 1) el elemento fáctico
- APROBAR