Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0184/2010-RCA
Fecha: 24-Ago-2010
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
Los recurrentes -hoy accionante-, alegan como vulnerado sus derechos a la seguridad jurídica y a la garantía del debido proceso, al considerar que el examen de suficiencia para postulantes a Licencia de Despachantes de Aduana, rendido el 16 de febrero de 2008, fue recibido por un Tribunal Examinador que carecía de competencia y jurisdicción, al no haber sido designado por el Directorio de la Aduana Nacional conforme lo establecen los arts. 37 inc. b) y 44 de la Ley 1990 y 47 del DS 25870. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si en el presente caso concurren o no los argumentos de rechazo in límine señalados por el Tribunal de garantías.
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- I.2. Autoridades recurridas
- rechazó in límine
- I.6. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1. rechacen el recurso, ya sea por incumplimiento de requisitos de fondo
- II.2. Análisis del caso
- quien denuncia una actuación carente de jurisdicción y competencia por parte de un funcionario público, debe promover su reclamo por vía del recurso directo de nulidad