AUTO CONSTITUCIONAL 0230/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0230/2010-RCA

Fecha: 27-Ago-2010

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

La recurrente -hoy accionista-, alega que las autoridades recurridas -hoy demandadas-, vulneraron sus derechos a la igualdad, a la seguridad jurídica, al trabajo y al debido proceso, concluido el proceso administrativo interno, que se le siguió, se la destituyó de su fuente laboral por “…falta de acreditación de su calidad de profesional como Enfermera Auxiliar…” (sic), cargo que ejerció durante seis años, sin que en el mismo, se hubieren considerado las fotocopias simples que presentó y que acreditaban su calidad de Enfermera Auxiliar, egresada de la Escuela de Salud, cuyos originales y copias legalizadas había entregado a la Jefe de Enfermeras, sin que la misma le hubiere devuelto dichos documentos. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si en el presente caso concurre o no el supuesto de improcedencia in límine de la acción de amparo constitucional.