AUTO CONSTITUCIONAL 0230/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0230/2010-RCA

Fecha: 27-Ago-2010

improcedencia

Por Resolución de 30 de mayo de 2008, cursante a fs. 111 y vta., el Tribunal de garantías declaró la improcedencia in límine del recurso, alegando el incumplimiento del principio de inmediatez, pues habiendo sido notificada el 7 de noviembre con la Resolución jerárquica de 31 de octubre de 2007, desde esa fecha hasta la presentación de la acción, transcurrieron más de los seis meses que la jurisprudencia constitucional señaló, como plazo máximo para la presentación de esta acción tutelar.

Notificada la recurrente con la Resolución, el 2 de junio  de 2008 (fs. 111 vta.), presentó memorial de impugnación el 5 del mismo mes y año, (fs. 113 a 114 vta.), dentro del plazo establecido por el AC 0107/2006-RCA de 7 de abril, señalando que el memorándum de destitución, fue emitido el 3 de diciembre de 2007, por lo que es desde esa fecha, que debe efectuarse el cómputo del término, para la interposición del recurso, encontrándose el recurso dentro de plazo.