AUTO CONSTITUCIONAL 0535/2010-CA-BIS
Fecha: 03-Ago-2010
II.5. Análisis del caso
En el presente caso, se tiene que Gerardo Tórrez Ossio en representación de “COMUNICACIONES EL PAIS S.A.”, dentro el proceso administrativo de fiscalización, presentó memorial por demás confuso, demandando la inconstitucionalidad del “Segundo párrafo del numeral 1 del art. 22 de la Resolución Normativa de Directorio (RND) 10-0016-07 de fecha 18/05/2007” (sic), sosteniendo que en este proceso de fiscalización se emitió la Vista de Cargo GGLP-DF-VC-136/2008 de 31 de octubre (fs. 59 a 70), mismo se estaría aplicando la norma impugnada, el cual faculta a la administración tributaria presumir que el valor de la transacción consignada en la factura anulada, determina un ingreso no declarado, convirtiéndolo en incumplimiento de carácter formal, como un hecho generador de tributos.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Constitución Política del Estado
- ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial aplicable a aquellos procesos
- El Tribunal Constitucional no tiene competencia para conocer y resolver sobre fallos, sentencias, autos y otras resoluciones que dicte el Poder Judicial a través de sus jueces y magistrados
- II.4. Atribución de la Comisión de Admisión
- II.5. Análisis del caso
- es precisamente la aplicación de ésta
- cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley
- APROBAR