Sentencia: 0557/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0557/2010-R

Fecha: 17-Ago-2010

2       Naturaleza Jurídica del Amparo constitucional

La acción de amparo constitucional regulada por el art. 19 de la CPE abrg; y los Arts. 128 y 129 de la CPE, es un mecanismo procesal de naturaleza constitucional cuyo fin es la protección y resguardo efectivo de derechos fundamentales que no versen sobre derechos protegidos por la acción de libertad, la acción de protección de privacidad, de cumplimiento y acción popular.

La acción de amparo constitucional, tiene en el ordenamiento jurídico boliviano un carácter preventivo y reparador y opera en casos en los cuales no exista otro remedio judicial eficiente, por tanto, se concluye que esta acción por mandato del art. 19.V de la CPE abrg.y  129.I de la Constitución  se caracteriza por la vigencia del principio de subsidiariedad, toda vez que este mecanismo no sustituye las otras vías o mecanismos legales que las leyes confieren a los afectados para restituir los derechos fundamentales afectados.