Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0787/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
II.2.
II.2. Mediante nota de 17 de febrero de 2006, el representado de las recurrentes, solicitó al Secretario de Gobierno de dicho Sindicato, copia del Estatuto Orgánico y del Reglamento; reiterando su solicitud el 16 de noviembre del mismo año, haciendo notar que habría cancelado la cuota de ingreso en exceso y que en lugar de contar con los derechos de socio, era considerado auxiliar de la mencionada línea (fs. 4 a 5 vta.).
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.En cuanto a la seguridad jurídica
- III.4.Sobre el proceso disciplinario en autos
- a)
- Fragmento 19
- APROBAR