Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0798/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
Fragmento 10
Los recurrentes ahora accionantes de conformidad a su memorial de amparo solicitan la protección, a la defensa, a la propiedad privada, a la dignidad humana, a la seguridad jurídica, las garantía del debido proceso y a la legalidad y al principio de la buena fe. Estableciéndose que la causa de la petición de tutela de los derechos fundamentales arriba mencionados, refiriéndose en todo caso a la RA 213/2006 de 8 de agosto, que anuló las Resoluciones Administrativas dictadas a su favor, que afectan los derechos adquiridos por éste, causándole perjuicios y que le deja en una incertidumbre jurídica.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.6
- Fragmento 10
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- ´accionante`
- recurso de amparo constitucional
- , siempre que no hubiere otro medio o recurso legal para la protección inmediata de esos derechos y garantías
- Fragmento 16
- 1)
- y sólo en el caso de que la infracción fuese evidente y no reparada en dicha vía se abre la tutela constitucional,
- APROBAR