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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0798/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0798/2010-R

    Fecha: 02-Ago-2010

    recurso de amparo constitucional

    Según la SC 0119/2010-R de 10 de mayo, refiere que: “En los casos en que no sea posible ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada se mantendrá la denegatoria, haciéndose constar tal situación, dado que el accionante  puede nuevamente interponer la acción tutelar, siempre y cuando, cumpla con los requisitos de admisibilidad”.

    • recurso de
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.6
    • Fragmento 10
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de  constitucionalidad
    • ´accionante`
    • recurso de amparo constitucional
    • , siempre que no hubiere otro medio o recurso legal para la protección inmediata de esos derechos y garantías
    • Fragmento 16
    • 1)
    • y sólo en el caso de que la infracción fuese evidente y no reparada en dicha vía se abre la tutela constitucional,
    • APROBAR

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