SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0877/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0877/2010-R

Fecha: 10-Ago-2010

denegó

Concluida la audiencia, la Sala Social Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 010 de 17 de enero de 2007, cursante de fs. 146 a 149 vta., por la que se denegó el amparo constitucional solicitado, con los siguientes fundamentos: i) El inmueble adjudicado a favor de la ahora recurrente, no ha sido ocupado arbitrariamente por Sandra Carmen Jáuregui Parada, sino por un contrato de transferencia que suscribieron su persona y Ana María Baldivieso Llado ii) La determinación de suspender el desapoderamiento del inmueble por las autoridades recurridas está justificada por lo previsto el art. 45 de la LAPCAF, y por lo mismo no están vulnerando derechos de la parte recurrente, menos incumpliendo con la ejecución de sentencia.