Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0878/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
II.1
II.1. El 22 de marzo de 2006, Ana María Becerra Coronado en representación de los mandantes del recurrente presentó demanda contenciosa administrativa solicitando la nulidad del proceso de saneamiento hasta el vicio más antiguo incluida la RA RACS-CH 1909/2005 de 19 de diciembre, argumentando que todo el proceso de saneamiento esta viciado de nulidad por las irregularidades que se cometieron en su realización (fs. 13 a 15 del anexo).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3.
- III.4 Los actos consentidos libre y expresamente como causal de improcedencia de la acción de amparo constitucional
- contra los actos consentidos libre y expresamente
- si ha sido admitido y consentido por el interesado en un primer momento, aún cuando después lo denuncie y pretenda la protección
- III.4. Caso analizado
- APROBAR