SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0900/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0900/2010-R

Fecha: 10-Ago-2010

II.3.

II.3.  En la audiencia de amparo constitucional, el recurrente sostuvo que  la autoridad recurrida, en la audiencia fijada para el 21 de mayo de 2008, no consideró la solicitud de cesación de detención preventiva y simplemente señaló día y hora para la objeción, reclamando el recurrente ese extremo, pidiendo a la autoridad recurrida que primero se celebre la audiencia de cesación de la detención preventiva, quien luego suspendió la audiencia y la fijó para el 4 de junio, pero antes señaló otra para la objeción de la querella (fs. 21).