Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0954/2010-R
Fecha: 17-Ago-2010
II.5.
II.5. De fs. 17 a 18, se evidencia que recién el 12 de mayo de 2007, la autoridad recurrida, dio respuesta a las solicitudes impetradas por la recurrente; asimismo, consta en obrados la boleta de haberes, informe manuscrito por el profesor Pedro Saucedo, Director del Núcleo “Los Cusis” y del Director, Roberto Ruiz Gil de la Unidad Educativa “2 de Agosto”, ambos informes dirigidos al Director Distrital (fs.23 a 26).
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- concediendo
- II.2
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3. Derecho de Petición
- cuando la autoridad a quien se presenta una petición o solicitud, no la atiende;
- III.4. Análisis del Caso concreto
- concedido
- APROBAR