SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0954/2010-R
Fecha: 17-Ago-2010
III.4. Análisis del Caso concreto
En el caso de autos, de los antecedentes se evidencia, que el Director Distrital de Educación de San Andrés y Loreto, Francisco Vaca “Asihama”, no se pronunció expresamente sobre las notas presentadas por la accionante, pidiendo en reiteradas oportunidades el informe respecto a los motivos que causaron la determinación de cambio de destino como maestra rural; al no haber obrado de esa manera, la autoridad demandada evidentemente vulneró el derecho a la petición de la accionante, entendido por la amplia jurisprudencia como se tiene señalado líneas arriba, como el derecho a merecer una respuesta oportuna a las peticiones que la persona realiza ante las autoridades y funcionarios públicos, y cuya omisión acarrea la infracción de ese derecho fundamental. Pues la accionante en reiteradas oportunidades solicitó pronunciamiento al respecto, sin merecer una respuesta a sus pedidos por parte del que determinó su cambio de destino a otro núcleo rural, motivo por el que la Resolución que resuelve el presente recurso concedió el amparo respecto a la vulneración de ese derecho.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- concediendo
- II.2
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3. Derecho de Petición
- cuando la autoridad a quien se presenta una petición o solicitud, no la atiende;
- III.4. Análisis del Caso concreto
- concedido
- APROBAR