Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0957/2010-R
Fecha: 17-Ago-2010
II.6.
II.6. Mediante carta PE-0314/2006 de 1 de agosto, Antonio Revollo Velasco, Presidente Ejecutivo de la COMIBOL, hace conocer a Filomeno Enríquez Duchén, que el Sumariante mediante, Resolución DPJU-JSZ-01-05-06 de Apertura de Proceso Interno de la misma fecha, determinó que debe dejar las funciones de Gerente Administrativo Financiero momentáneamente, hasta que el proceso concluya en todas sus instancias (fs. 42).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- i)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.
- APROBAR