SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0957/2010-R
Fecha: 17-Ago-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, denuncia como lesionados sus derechos, a la “seguridad jurídica”, al trabajo, a una remuneración justa, a ejercer la función pública, a la presunción de inocencia y de la garantía al debido proceso, en razón a que dentro del proceso administrativo seguido en su contra, a denuncia de Gonzalo Monje Aliaga, por el supuesto ejercicio ilegal de la profesión, dentro del cual el Sumariante quien fue designado semanas antes de iniciarse el proceso, violando el art. 12 inc. a) del DS 26237, dispuso su suspensión en tanto dure el proceso, vulnerando el art. 21 del DS 26237, que dispone como medida provisional el cambio temporal de funciones con goce de haber; sustanciando un proceso administrativo para determinar la comisión de un delito, sin establecer falta alguna, ni señalar la norma interna lesionada, siendo juzgado en base a simples fotocopias como prueba, aplicando erróneamente la ley adjetiva, con el añadido que la Resolución del recurso jerárquico, fue emitida fuera de plazo. En consecuencia, corresponde analizar, en revisión si en el presente caso, se denegó correcta o incorrectamente la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- i)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.
- APROBAR