Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0973/2010-R
Fecha: 17-Ago-2010
Juez Primero de Instrucción en lo Penal de El Alto
Por lo que en mérito a lo desarrollado por el Fundamento Jurídico III.3 debe denegarse la tutela solicitada, ya que el accionante debió advertir del posible doble procesamiento a los jueces que dirigen los procesos que supuestamente versan sobre los mismos hechos, y pedir al Juez Primero de Instrucción en lo Penal de El Alto que solicitara la indivisibilidad del procesamiento penal, de acuerdo al art. 45 del CPP, sin embargo formuló el presente recurso sin agotar los medios idóneos que tiene a su alcance para defender sus derechos.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Luis Ángel Vásquez, Senador de la República, Freddy Alex Gutiérrez Flores, Juez Primero de Instrucción en lo Penal de El Alto; Edward Omar Mollinedo Pinedo, Fiscal de la División Corrupción Pública; y Juan José Quispe Ulo, Fiscal de Materia de la División Económica Financiera,
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- 3)
- 4)
- 5)
- a)
- b)
- I.2.3. Pronunciamiento de la representante del Ministerio Público
- i)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.4.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de libertad
- acciones de defensa,
- ordenar la tutela
- medios eficaces y oportunos
- efectivos y oportunos de defensa
- a pesar de existir mecanismos de protección específicos y establecidos por la ley procesal vigente, éstos resulten ser evidentemente inoportunos o inconducentes
- se entenderá que la vía procesal existente no es idónea, cuando se pruebe que una vez activados estos mecanismos procesales, su resolución y efectiva protección serán dilatadas,
- III.4. Análisis del caso concreto
- Juez Primero de Instrucción en lo Penal de El Alto
- APROBAR