Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0992/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
II.2.
II.2. Según refiere el recurrente, el 30 de abril de 2008, presentó un memorial solicitando la suspensión de la audiencia por motivos de trabajo, mismo que no habría sido providenciado (fs. 4). De acuerdo a lo informado por Nildy Aguado Araníbar, Fiscal recurrida, el indicado memorial fue presentado a horas 15:30 del día en que se debía llevar a cabo la audiencia, cuando ésta estaba fijada para horas 10:00 (fs. 32 vta.).
- recurso de hábeas corpus,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades y funcionario recurridos y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- Fragmento 18
- III.4.
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- APROBAR en parte