Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1042/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión, resuelve APROBAR la Resolución 34 de 5 de julio de 2007, cursante de fs. 187 vta. a 188, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; y en consecuencia, DENIEGA la tutela solicitada, sin ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1.
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. Consideraciones previas. Aplicación de la Constitución Política del Estado y uso de terminología adecuada en la acción de amparo constitucional
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.2.
- '1)
- debió seguir utilizando los recursos administrativos que le franqueaba la Ley de Procedimiento Administrativo como ser el recurso de revocatoria y jerárquico
- APROBAR