Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1042/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
II.3.
II.3. Ante lo cual el 18 de abril de 2004, el recurrente interpone recurso de alzada (fs. 158 a 163 vta.), el cual fue rechazado mediante Auto SCZ/0078/07 de 25 de abril de 2007, por la autoridad ahora recurrida, con el argumento de que la Resolución Administrativa impugnada emerge de la Resolución Determinativa 3/GMSC/RD/2005, misma que se encuentra ejecutoriada, constituyendose título de ejecución tributaria que no admite recurso de alzada en previsión al art. 195.II del CTB (fs. 166), decisión con la que se notificó al recurrente el 25 de abril de 2007 (fs. 167).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1.
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. Consideraciones previas. Aplicación de la Constitución Política del Estado y uso de terminología adecuada en la acción de amparo constitucional
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.2.
- '1)
- debió seguir utilizando los recursos administrativos que le franqueaba la Ley de Procedimiento Administrativo como ser el recurso de revocatoria y jerárquico
- APROBAR