SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1061/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
1)
1) El recurso interpuesto por la recurrente Fanny Caballero Narvaez en representación sin mandato de Abat Camacho Ricaldes; fue admitido por Auto de 9 de junio de 2008, habiéndose señalado la audiencia respectiva; sin embargo, la recurrente luego de su admisión y correspondiente notificación no se apersonó más a la Sala Social y Administrativa para viabilizar la citación a la autoridad recurrida, al representante del Ministerio Publico y al Gobernador de la cárcel pública. Ante esa omisión de la recurrente se dispuso de oficio se practiquen esas diligencias; habiéndose efectuado las actuaciones el 17 del indicado mes y año, la audiencia para la consideración del recurso se fijó para el 18 de junio de 2008, a horas 9:30.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- a)
- b)
- d)
- II.2.
- Fragmento 10
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de libertad
- acciones de defensa,
- ordenar la tutela
- III.3. Respecto a la presentación de una nueva acción tutelar para el cumplimiento del trámite de una anterior
- III.4. El caso en revisión
- 2º