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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1061/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1061/2010-R

    Fecha: 23-Ago-2010

    d)

    d)  El retardo en el señalamiento de audiencia habría provocado vulneración al derecho de locomoción, garantía al debido proceso y principio de celeridad; empero, no es posible que a través del hábeas corpus se repare el debido proceso y el principio de celeridad pues el medio idóneo para el efecto es el recurso de amparo constitucional. 

    • recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • 1)
    • a)
    • b)
    • d)
    • II.2.
    • Fragmento 10
    • III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
    • III.2. Términos procesales en la acción de libertad
    • acciones de defensa,
    • ordenar la tutela
    • III.3. Respecto a la presentación de una nueva acción tutelar para el cumplimiento del trámite de una anterior
    • III.4. El caso en revisión
    • 2º

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