SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1061/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
Fragmento 10
La recurrente, ahora accionante, manifiesta que se lesionaron los derechos de su representado, Abat Camacho Ricaldes, a la libertad física y al debido proceso, pues el 5 de junio de 2008 presentó un recurso de hábeas corpus contra Celina Herbas Herbas, Jueza Sexta de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de Cochabamba, que fue sorteado a la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del mismo Distrito Judicial; sin embargo, hasta el 13 del referido mes y año, no fue admitida y tampoco se notificó a las partes con el señalamiento de audiencia para su consideración y resolución. Corresponde analizar, en revisión, si de acuerdo a los datos del cuaderno procesal, las normas constitucionales y legales aplicables, se debe o no otorgar la tutela solicitada.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- a)
- b)
- d)
- II.2.
- Fragmento 10
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de libertad
- acciones de defensa,
- ordenar la tutela
- III.3. Respecto a la presentación de una nueva acción tutelar para el cumplimiento del trámite de una anterior
- III.4. El caso en revisión
- 2º