Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1070/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
II.2.
II.2. El 15 de enero de 2007, José Arturo Ruiz Ortiz dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y acusador particular en contra suya, interpuso un recurso de recusación contra las juezas ciudadanas Nelly Ampuero, Patricia Vela Yoneye y Francisca Fátima Rodríguez, invocando como causales de recusación el haber manifestado, extrajudicialmente, su opinión sobre el proceso y por tener interés en el mismo, o sus parientes en los grados preindicados, por lo que solicitó se admita su recusación y conforme a procedimiento sea otro tribunal quien conozca y juzgue su causa (fs. 35 a 39).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- "recurso de
- "accionante"
- recurso de amparo constitucional
- III.3. Con relación a la recusación en materia penal y los momentos procesales establecidos para su interposición y el trámite determinado para su aceptación
- III.4. Con relación al debido proceso
- III.5. Análisis de la problemática planteada
- APROBAR