SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1131/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1131/2010-R

Fecha: 27-Ago-2010

toda vez que existe un recurso específico para su protección, cual es el recurso directo de nulidad

En consecuencia y como se tiene demostrado, el argumento central se encuentra relacionado a una supuesta usurpación de competencia de la autoridad demandada, dicho aspecto, conforme se encuentra ampliamente explicado y justificado en el Fundamento Jurídico III.3 de la presente Sentencia Constitucional no puede ser analizado a través de la acción de amparo constitucional, toda vez que existe un recurso específico para su protección, cual es el recurso directo de nulidad, en este sentido y de lo desarrollado líneas precedentes, de conformidad a  lo establecido por la SC 0099/2010-R, antes citada, se tiene que a través de la acción de amparo constitucional se protege el derecho al debido proceso en su elemento al derecho al juez natural en los elementos imparcialidad e independencia una vez agotadas las vías internas existentes para su legal defensa; sin embargo, cuando se trata del elemento competencia, no corresponde su tutela a través del amparo constitucional sino que se debe activar el recurso directo de nulidad por ser éste el medio idóneo, por lo que no corresponde otorgar la tutela solicitada.