Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0254/2010-RCA
Fecha: 16-Sep-2010
Juan Carlos Enrique Salinas Varcárcel y Licia Osinaga Gutiérrez
Juan Carlos Enrique Salinas Varcárcel y Licia Osinaga Gutiérrez en representación del Ministerio de Defensa Nacional contra René Pabón Ortuño y Aida Lúz Maldonado Bocángel, Vocales de la Sala Civil Primera de la Corte Superior del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración de los derechos de su representado a la seguridad jurídica, a la defensa, a la justicia, a impugnar fallos judiciales y a la garantía del debido proceso, citando al efecto los arts. 7 inc. a) y 16 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- revisión
- Juan Carlos Enrique Salinas Varcárcel y Licia Osinaga Gutiérrez
- I.1. Síntesis del recurso
- rechazo in limine
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1. rechacen el recurso, ya sea por incumplimiento de requisitos de fondo o por falta de subsanación de los requisitos de forma dentro del plazo establecido por el art. 98 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC),
- inmediatez
- en el plazo máximo de seis meses
- ya estaba definido por la sólida y reiterada jurisprudencia constitucional
- De manera específica, en lo atinente al principio de inmediatez como causal de improcedencia in límine de la acción de amparo constitucional
- 30 de abril de 2008
- APROBAR