Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0255/2010-RCA
Fecha: 16-Sep-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de la facultad conferida por los arts. 4.I y II de la Ley 003 y 7 inc. 8) de la LTC, con los fundamentos expuestos, en revisión, resuelve, APROBAR la Resolución 76/08 de 30 de octubre de 2008, cursante a fs. 97 y vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz.
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- I.2. Autoridades demandadas
- a)
- improcedente
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1.
- inmediatez.
- en el plazo máximo de seis meses
- y las sub-reglas de improcedencia establecidas a través de la jurisprudencia constitucional; como ser la interposición del recurso de amparo constitucional fuera del plazo de los seis meses
- II.3.1.
- Fragmento 13
- II.3.2.
- APROBAR