AUTO CONSTITUCIONAL 0267/2010-RCA
Fecha: 21-Sep-2010
revisión
En revisión la Resolución 03/2009 de 13 de enero, cursante de fs. 397 a 398, pronunciada por la Sala Civil Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Gonzalo Crespo Fernández en representación de Edwin Ramiro Burgos Ortiz y Ricardo Javier Escóbar Salguero contra Fernando Aranibar Rico y Orlando Ríos Luna, Vocales de la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, alegando la vulneración de los derechos de sus representados a la seguridad jurídica, a la defensa y a la garantía del debido proceso, citando al efecto los arts. 7 inc. a) y 16 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- revisión
- Fragmento 2
- I.1. Síntesis del recurso
- rechazo
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1. rechacen el recurso, ya sea por incumplimiento de requisitos de fondo o por falta de subsanación de los requisitos de forma dentro del plazo establecido por el art. 98 de la LTC
- I.-
- Fragmento 9
- omitió específicamente señalar el domicilio de los Vocales demandados y del tercero interesado;
- 1) el elemento fáctico