AUTO CONSTITUCIONAL 0287/2010-RCA
Fecha: 21-Sep-2010
I.1. Síntesis de la demanda
Por memorial presentado el 23 de enero de 2009, cursante de fs. 115 a 124, el recurrente manifiesta que fue designando de manera directa mediante contrato verbal como auxiliar de Sistemas de la Mutual de Ahorro y Préstamo Potosí, luego fue promovido al cargo de Encargado del Centro de Cómputos y Jefe del Departamento de Computación; posteriormente, el 6 de enero de 2003, mediante contrato escrito, fui posesionado como Jefe de Operaciones y Sistemas y en mayo de 2007, fue designado Gerente General interino por el lapso de sesenta días; siendo el 4 de agosto de 2007 designado como Gerente titular de la entidad bancaria en forma definitiva.
Señala que el 20 de mayo de 2008, se le notificó mediante memorándum de llamada atención, concediéndole un plazo para presentar descargos y asumir defensa, respecto a las llamadas de atención que recibió por parte del directorio; sin embargo, antes de cumplirse dicho plazo, se emitió la Resolución 16 de 22 de mayo de 2008 por lo se le destituyó del cargo, hecho que fue de conocimiento de la Jefatura Departamental del Trabajo dentro el proceso de reincorporación, cuyo resultado genero quien dicto la Resolución Administrativa (RA) 020/2008 de 24 de julio, que dispuso su reincorporación al Cargo de Jefe de Operaciones y Sistemas, y no así al de Gerente General por considerarse a este como un cargo de libre designación, fallo que fue puesto en conocimiento del Directorio el 1 de julio de 2008, mismo que no fue cumplido pese a los reiterados reclamos presentados a la entidad financiera.
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- improcedencia in límine
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 6
- 1.
- la improcedencia
- previamente agote los medios ordinarios o administrativos de defensa para la tutela de derechos fundamentales o garantías constitucionales
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así: a)
- II.4. Análisis del caso
- in límine
- APROBAR