Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0298/2010-RCA
Fecha: 27-Sep-2010
I.2. Autoridades recurridas
El presente recurso se interpone contra Daniel Salazar Osorio, Presidente Tribunal de Personal de la FAB; Edwin Marañón Gamboa, Vicepresidente; Gerardo Moscoso Bravo, Mario Ochoa Rivera, Arturo Pardo Montalvo, Lino Maldonado Eguino, José Albunate Lujan, Lino Padilla Gutiérrez y Walter Lora Espada, Vocales de dicho Tribunal, respectivamente.
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- I.2. Autoridades recurridas
- improcedencia in límine
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- in límine
- 1.
- el juez o tribunal del amparo, antes de ingresar a analizar los problemas de admisibilidad del recurso, debe verificar si no se está dentro de alguno de los supuestos de improcedencia establecidos por el art. 96 de la LTC lo que implica un plano de análisis distinto al de los requisitos de admisión
- previamente agote los medios ordinarios o administrativos de defensa para la tutela de derechos fundamentales o garantías constitucionales
- no interpuso ningún recurso previsto en el Reglamento referido
- no interpongo el Recurso de Reconsideración
- APROBAR