AUTO CONSTITUCIONAL 0298/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0298/2010-RCA

Fecha: 27-Sep-2010

in límine

El recurrente -ahora accionante-, refiere que los recurridos -ahora demandados- vulneraron su derecho a la petición, a la seguridad jurídica, a la igualdad, a la irretroactividad, a la legalidad y a la garantía del debido proceso, puesto que habiéndosele reconocido un año de antigüedad para efectos de su ascenso en 1991, con la correspondiente emisión de los títulos constitucionales por los cuales le confirieron los ascensos a mayor; no obstante, los demandados mediante Resolución 59/08 de 7 de octubre de 2008, dejaron sin efecto tal determinación  pronunciada por Alejandro Camponovo Ulloa, Comandante General de la FAB, por haber fallado sin competencia, y que habiéndose efectuado los reclamos correspondientes no existe respuesta alguna. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si en el presente caso concurre o no el supuesto de improcedencia in límine de la acción de amparo constitucional.