AUTO CONSTITUCIONAL 0606/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0606/2010-CA

Fecha: 07-Sep-2010

rechazó

Por Resolución de 20 de febrero de 2009, cursante de fs. 8 a 10, la autoridad consultante rechazó el recurso alegando que la inexistencia de duda razonable y fundada respecto a la inconstitucionalidad del art. 77.2 y 3 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Inspectoría General y Régimen Disciplinario de los miembros del Ministerio Público, pues la sola mención a la lesión de la garantía de la presunción de inocencia, no puede ser considerada un razonamiento jurídico suficiente, no siendo tampoco evidente que la admisibilidad de la culpa del imputado se vincule de manera directa con la decisión del juzgador, pues la resolución a pronunciarse debe fundamentarse en las pruebas del proceso, respetando el derecho a la presunción de inocencia; a cuyo efecto dispuso se continúe con el trámite de proceso disciplinario.