Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0012/2010
Fecha: 20-Sep-2010
I.2. Admisión y citación
Por AC 448/2007-CA de 2 de octubre, cursante de fs. 14 a 17, la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en virtud a lo previsto en los arts. 31 inc. 1) y 82.I de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), admitió el recurso y dispuso que se cite a la autoridad recurrida mediante provisión citatoria, lo que se cumplió el 11 de octubre de 2007, según diligencia de fs. 46. Una vez verificada la respuesta de parte de los recurridos, se procedió a la tramitación del recurso.
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Admisión y citación
- a)
- I.5. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad
- III.3. Jurisprudencia constitucional para el análisis del presente caso
- Fragmento 13
- III.4. Análisis del caso concreto
- IMPROCEDENTE