Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0013/2010
Fecha: 20-Sep-2010
IMPROCEDENTE
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 1) y 54 y ss. de la LTC, en revisión, resuelve declarar IMPROCEDENTE el recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad interpuesto por Gil Jorge Aguilera Bejarano y Oscar Miguel Ortiz Antelo, Senadores de la República.
- recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Admisión y citaciones
- a)
- I.4. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Naturaleza jurídica y alcances del recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad
- III.3. Análisis del caso concreto
- IMPROCEDENTE