SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0036/2010
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0036/2010

Fecha: 20-Sep-2010

norma cuestionada, necesariamente debe estar vigente

Finalmente, en este punto cabe señalar que la norma cuestionada, necesariamente debe estar vigente, así ya se tiene establecido entre otras en la SC 0031/2004 de 7 de abril, en la que partiendo de la norma y finalidad de la acción se estableció que: "…el control normativo de constitucionalidad, por la vía del recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad, se desarrolla sobre una disposición legal vigente, no así sobre una que se encuentra derogada o abrogada, ya que en este último caso se produce la extinción de derecho de la disposición legal, la que deja de tener vida en el ordenamiento jurídico del Estado", a lo que se aclara que la Constitución Política del Estado a la que se señala ha sido lesionada o contrariada, también debe estar vigente, como se explica a continuación.