Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1205/2010-R
Fecha: 06-Sep-2010
denegado
Por consiguiente, la situación planteada respecto a los derechos invocados como lesionados por la accionante, es susceptible de protección a través de la acción de amparo constitucional, por cuanto, el Tribunal de garantías, al haber denegado por "improcedente" la tutela impetrada, no efectuó una adecuada compulsa de los antecedentes del caso.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- a)
- b)
- f)
- g)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1 Ratificación y ampliación del recurso
- i)
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.11.
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- III.3.1. Excepción a la subsidiariedad del amparo constitucional en el caso de mujer embarazada
- III.4. Marco jurídico constitucional aplicable a las mujeres embarazadas trabajadoras
- III.4.1
- III.5.
- denegado
- POR TANTO