Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1234/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 93 de la Ley del Tribunal Constitucional, en revisión, resuelve APROBAR la Resolución 10/2008 de 1 de agosto, cursante de fs. 17 a 19, pronunciada por la Jueza Quinta de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz; y en consecuencia, DENIEGA la tutela solicitada, en los términos dispuestos por el Tribunal garantías.
- recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- III.3. Oportunidad procesal para retirar o desistir del recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad
- III.3.1. Improcedencia de la ahora acción de libertad, por falta de prueba que lleve a la certidumbre de la lesión al derecho a la libertad
- III.4. El caso en examen
- APROBAR